DESPUÉS DE 5 AÑOS DE LUCHA, ABSUELVEN A RONDEROS DE OXAMARCA

Categoría: Medio ambiente, Hidroeléctricas

Miércoles 23 de mayo 2019.
Redactado por: Mirtha Vásquez para Grufides.

El día de ayer 22 de mayo, se leyó la sentencia contra dos ronderos de la zona de Oxamarca- Celendín. Absalón Martos Vásquez y Segundo Nazario Chávez Tirado, miembros de la ronda Campesina de la Comunidad de Quillamachay, eran procesados desde el 2014 por delito de Secuestro agravado y para los mismos se pedía la pena máxima, cadena perpetua.

El motivo, haber intervenido en junio del 2014 a cuatro personas ajenas al lugar, las cuales estaban comprando tierras en grandes cantidades de manera irregular y sospechosa, probablemente para venderle a la Odebrecht quien tenía previsto construir en esta zona una gran represa, el Proyecto Chadín II,  o a las compañías mineras que están también en el lugar.

La intervención solo consistió en pedirles que se presentaran ante la asamblea ronderil, no existió ningún tipo de agresión y los presuntos secuestrados habrían incluso tenido la oportunidad de dar parte a la Policía Nacional quien llegó al lugar y al no observar nada irregular de parte de la ronda, participó de la reunión.  Días después, estas personas denunciarían a los ronderos por secuestro agravado y lo increíble sería que la Fiscalía de Celendín, sin mayores pruebas y obviando su condición de ronda, procedió a denunciar por este grave ilícito pidiendo la pena máxima.

Este proceso que parecía que podría resolverse de manera sencilla, por los precedentes jurídicos y normas claras que existen sobre el ejercicio de la función ronderil, se convirtió en una larga y tortuosa lucha judicial; la comunidad se preguntaban si el haber actuado contra gente vinculada a las grandes empresas tenía que ver con esta absurda persecución.  Lo cierto es que estos ronderos incluso fueron sentenciados en una primera instancia, sin mayores pruebas y por un delito diferente al que les imputaban.

Muchas irregularidades se vio en el proceso y en virtud de ello una Sala Penal determinó su nulidad, sometiéndose el caso a nuevo juicio donde por fin se ha logrado lo justo, la Absolución de los mismos.   Esperamos que este caso contribuya al cese de la criminalización de la labor ronderil, reconocida por la Constitución y que no debe ser motivo de ninguna denuncia o proceso, cuando se realiza dentro de los márgenes de la ley y el respeto a los derechos fundamentales.  Las rondas tienen el derecho a proteger sus territorios, y ello no debe ser motivo de persecución.

Fuente: Area legal de Grufides

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